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Me gustaría saber algo lo más rápido posible, gracias!!
Si el contrato es de vivienda, cuando se cumple el período pactado, sea 1 año, 3 meses o 2 años... el contrato se prorroga (él solito sin que se tenga que firmar nada) por anualidades, hasta cumplir 5 años, salvo que 30 días antes de cumplir cualquier anualidad, el inquilino comunique al propietario su voluntad de no seguir prorrogando.
Si el contrato llega al 5º año, cualquiera de las partes podrá manifestar a la otra su voluntad de no seguir prorrogando.
Si ninguna lo hace, volvería a prorrogarse por anualidades, opcionales para el inquilino y obligatorias para el arrendador, hasta 3 años más.
Al 8º año, el contrato se extingue.
Así que si tu contrato no ha cumplido aún 5 años... no tienes que hacer nada.
Saludos