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Ma Sar

inquilino/a

Mi hijo alquiló con 2 personas más una casa que nunca habitó. Uno de los chicos mandó una carta de rescisión de contrato.

Tres personas alquilan una casa y una no la habita nunca. Por desacuerdos uno de los inquilinos envía una carta de rescinción de contrato a mediados de diciembre y los otros dos recién el 30 de enero. Los seis meses se cumplen en febrero. Mi pregunta es: son los últimos que envían la carta los que se hacen cargo de la multa de mes y medio que hay que pagar? Gracias

  • Preguntado por: Ma Sar
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    No habitar una casa no significa que no tenga que pagar el alquiler.

    los contratos no se rescinden por voluntad del inquilino, por lo que todos estan obligados al pago de las rentas hasta que finalice el contrato.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@Icagr. Es


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