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Cuando entrè el el piso la comunidad no estàba formada,por tanto el propietario no podìa especificar la cantidad correspondiente a los gastos de comunidad.......la sorpresa fuè despuès que los gastos trimestrales ascendìan a mas de 200 euros,pago de alquiler 613,80 euros,llevo 2 años en el piso.
Si en el contrato no indica que tu debes pagar la comunidad y cuanto, no tienes porque pagarlo.
pablo.
Plantea una cuestión compleja. Supongo que si se pactó que el arrendatario pagaba la comunidad pero no se podía especificar su importe no se podría decir que la falta de especificación suponga la nulidad de la cláusula, y el arrendatario habría de pagar la cuota de comunidad, pero también supongo que el elevado importe imprevisto de la cuota de comunidad podría amparar la resolución del contrato por parte del arrendatario.