Lamento decirle que no tiene razón, usted puede llevarse del piso los bienes muebles entendiendo por tal, conforme a la ley:
los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos.
En tal sentido el casero puede exigir que los deje, o bien que repare ese menoscabo que sufre el piso al retirarlos.
Pedro Hernández Olmo, abogado