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En abril firmamos un contrato de alquiler por un año, pero estoy embarazada y cuando nazca el bebé el piso se nos queda muy pequeño, vamos que no cabemos ni de broma, por lo que aunque estamos agusto y no tenemos ningún problema con los caseros tenemos que buscar un piso más grande. Podemos dejarlo antes de que cumpla el año de contrato? ¿Nos devolverían la fianza?
Gracias.
Hola,
Debe llegar a un acuerdo con el arrendador, y además de perder la fianza, le puede pedir una indemnización por incumplimiento de contrato.
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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