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Tengo un contrato de un año por motivos laborales tengo que irme,he estado leyendo mi contrato en dicho contrato no pone nada de la devolucion de la fianza,entonces yo he avisado un mes antes para que pueda gestionar todo.el piso esta en la misma condiciones n la q fue entregado
La primera pregunta es si han transcurrido, al menos, 6 meses de vigencia del contrato.
En tal caso, y a falta de previsión expresa de una penalización, sí que tendrían que devolverle la fianza.
En todo caso, recuerde que en el momento de entrega de llaves debe suscribir un acuerdo de terminación del arrendamiento donde se pongan de manifiesto la existencia o no de obligaciones pendientes (suministros, rentas pendientes, desperfectos, etc.) A todos ellos deberá hacer frente, bien directamente, bien aplicando la fianza a su pago.
Sobre la devolución de la fianza le recomiendo este enlace.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/devolucion-de-la-fianza/
Un saludo,