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Estoy a punto de rescindir mi contrato de alquiler despues de 6 años y mi casero (una agencia) me amenaza con retener el importe correspondiente a la tasa de basura de la fianza.
Les he dicho que no me correpsonde pagar ya que no aparece nada relativa al pago de tasas, ni tributos en el contrato, pero ellos alegan que la ordenanza municipal les permite repercutir el coste al inquilino.
He visto muchas respuestas (de hace ya tiempo) contradictorias en los foros y me preguntaba si habia ya jurisprudencia, para zanjar este tema ?
Hola P-H perdona pero se conoce que has tenido pocos pleitos, feliz tu, no creo que haya ningún abogado en Madrid y hay varias decenas de mil colegiados, que te asegure el resultado de esa reclamación, tampoco creo que existan antecedentes judiciales porque la cuantía del asunto desaconseja llevarlo a los Tribunales, es el típico caso de la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes" pues la victoria puede ser mas cara que el resultado obtenido.
Gracias por las respuestas. Lo que pasa es que en los foros (este entre otros) hay abogados como vosotros, que interpretan el articulo 20 de la LAU a favor del arrendador y otros a favor del arrendatario, como por ejemplo la oficina de información de vivienda del Ayuntamiento de MADRID (=los colegas de los de la ordenanza). No es que no me fie de vuestras respuestas pero, no soy abogado y no se quién creer (todos teneís argumentos que parecen validos). Por eso pensaba que despues de 2 años en vigor, alguién hubiera llevado esto a juicio para que decide un juez.
La verdad es que dejo el piso el 31/03, el arrendador ya me ha mandado un burofax para reclamar otra vez el pago de las tasas, avisandome que si no las pago me las cobrara de la fianza. Como creo (pero no esta nada claro) que no me corresponde, Lo unico que me queda sería llevarles a juicio para reclamarlas. Obviamente es algo que quiero evitar si no estoy seguro del resultado (por eso lo de mi pregunta).
Yo coincido con pholmo, el que genera las basuras es el que tendría que pagarlo.
Jurisprudencia de ese asunto es imposible que existe, lo que si hay es un abundante intercambio de preguntas y respuestas en este foro. Mi criterio personal es que el pago de esa tasa que constituye una contrapretación por l aretid¡rada de basuras, corresponde al inquilino usuario de ese servicio.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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