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Hola,
Hace dos años entré en un piso de alquiler y ahora lo dejo.
Cuando entré no se hicieron las lecturas de los contadores, simplemente cambié el nombre y pagué las facturas con algún mes que en realidad no me correspondía porque yo no vivía ahí todavía. Pequé de novato, pero tampoco le di mucha importancia, preferí no reclamar nada ni molestar al propietario por eso. Ahora dejo el piso, no hay muy buen rollo y me están buscando la vuelta para quitarme parte de la fianza. Me exigen hacer la lectura de los suministros al dejar el piso, como se tuvo que hacer al entrar y yo me pregunto ¿Puedo ahora reclamar la parte proporcional de las facturas que pagué hace dos años y no me correspondían?
Lo más importante será el documento de finalización de contrato. En ese documento tiene que estar anotado todo lo susceptible de ser descontado de la fianza, y para luego poder descontarlo hará falta la presentación de la factura correspondiente.
Si en el momento de la firma de dicho documento hay algo con lo que no está conforme así mismo debe indicarlo.
Si no se llega a un acuerdo y no está conforme en lo que quieren descontar, podrá acudir a un juicio verbal para que un juez dirima su situación, para el que no necesitará ni abogado ni procurador.
Eso sí, para ir a un juez más le vale tener pruebas. Por ejemplo, si le quieren cobrar la pintura de la vivienda, en españa eso no es obligatorio, a menos que esté pactado en el contrato o que hayan pintado con rotulador la pared (por poner un ejemplo).
El importe a reclamar serían unos 60€. Yo en principio los daba por perdidos, pero ahora me encuentro con que me van a poner problemas con la fianza, y a lo mejor me quieren descontar 100 o 200 euros que yo no estoy para nada conforme. Entonces pienso, si me los descuentan reclamo esos 60€ de facturas que si que me corresponden, y se podría demoastrar con el contrato y las facturas.
En teoría si, pero no le arriendo la ganancia. Debia haber reclamado al inicio de la relacion...
Tengo todas las facturas y sus recibos, y el contrato, claro.
por ejemplo el contrato tiene fecha 31 de enero de 2010 y en la factura del agua se cobra del 19 de diciembre al 20 de marzo de 2010.
Me temo que dos años y sin mas pruebas que sus palabras le dan poca o nula fuerza para esa reclamación.
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