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kino

inquilino/a

¿Existe un contrato de alquiler mensual?
cuando le dije por cuánto me hara el contrato, me dijo yo todos los meses le traeré el contrato a la vez que me va pagando el alquiler, ¿debo aceptar? por qué lo hace así? podrá pedirme el piso acaso en cualquier momento?
  • Preguntado por: kino
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Si se firma un contrato, cada uno queda con copia del contrato. Puede ser de vivienda habitual o permanente que se prorroga automáticamente (sin hacer nada) hasta los 5 años. Puede ser temporal, pero no basta que se diga que es temporal. Para que sea temporal hay que presentar justificantes de que lo es, que tiene vivienda habitual en otro lugar, que es estudiante y está matriculado aquí, que es trabajador desplazado (tiene vivienda en otra ciudad).

    También existe alquiler de habitación que no se rige por la L.A.U. Se rige por el C. Civil. Se puede hacer un alquiler de vivienda habitual por un mes, pero no es necesario prorrogarlo porque una vez pasa ese primer mes del contrato el contrato se prorroga de forma obligatoria para el casero por un año y así cada año hasta sumar cinco años, tú como inquilino puedes interrumpirlo antes de cada prórroga avisando con 30 días de antelación. Si es tu vivienda habitual y el casero intenta hacerte un contrato de temporada cada mes, niégate porque lo que intenta es hacerlo así para que tú no tengas derecho a las prórrogas obligatorias que te concede la LAU de 1994 y él te pueda echar cada mes. Aunque también si quieres, puedes firmar ese contrato cada mes y si el casero te intenta tirar algún mes y tú te quieres quedar puedes pelear tu contrato demostrando que se trata de tu vivienda habitual con todos los recibos de pago del alquiler, domiciliación de suministros, empadronamiento ...
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si lo que alquilas es tu vivienda habitual, no una de vacaciones o una habitación, el primer contrato que firmes, guárdatelo que servirá para 5 años.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay que tener muy clara la distinción entre arrendamiento de vivienda y todos los demás. Si se trata del primero cualquier duración que se estipule quedará prorrogada por voluntad del inquilino hasta cumplir 5 años, en el segundo caso hay que ceñirse a lo pactado.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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