Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Mi casera me ha comunicado que debido a un gasto excesivo que se ha hecho de la calefacción central es necesario pagar un derrama correspondiente a una mensualidad de la comunidad. Argumenta que como es un gasto del que me he beneficiado tengo que pagarlo yo. Sin embargo, en mi contrato sólo pone que debo pagar el alquiler más los gastos de comunidad por lo que entiendo que esto es un extra que no me corresponde a pesar de que se trate de la calefacción.
Hola andreilla:
coincido con la respuesta del sr Crazyh.
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Es que aunque en tu contrato reflejase las derramas, sería contrario a la ley y no te las podrían exigir.
Bueno, en definitiva y para que me aclare estáis todos de acuerdo en que no tengo que pagar este recibo extraordinario, ¿verdad? Pues muchísimas gracias por molestaros y ya se lo comunicaré a la casera argumentándole que en mi contrato sólo pone el alquiler y la comunidad sin reflejar nada de pagos esxtraordinarios. Gracias de nuevo.
Remarcar que, esa subida del importe de la comunidad, solo puede ser el doble de lo que marque el ipc general, una vez cumplida cada anualidad y si corresponde.
Hola andreilla:
entonces en su caso es de aplicación lo preceptuado en el artículo 18. 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 (la actualización anual de los gastos de comunidad no podrá superar el doble del ipc general)
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Muchísimas gracias a todos por vuestra atención.
Mi contrato especifica el importe de alquiler por un lado y el de la comunidad por otro (aunque actualmente no se corresponde porque ha subido la cuota), por lo que la comunidad sí la pago ya que incluye la calefacción central y el agua caliente.
como ya te han dicho, no tienes por qué pagarlo, y tampoco las cuotas ordinarias de la comunidad si en tu contrato no está especificado el importe de las mismas.
Hola andreilla:
En su caso habría que saber si en su contrato consta que la renta es de x euros, calefacción y comunidad incluida, o si la partida de calefacción está excluida de la renta.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Hola, de nuevo. Por si aclara más la situación, la carta que la casera me metió en el buzón en la que el presidente de la comunidad informa sobre el recibo extraordinario dice lo sieguiente:
"...teniendo que hacer frente al pago de la liquidación de gasóleo a la empresa...por importe de...€ y al no haber tesorería suficiente para afrontar el pago, es por lo que se va a proceder a emitir un recibo extraordinario por importe de una mensualidad."
Remarcar que solo está obligado a pagar la comunidad si aparece el importe en el contrato o si lleva pagando la misma cantidad desde hace tiempo por ese concepto.
Es decir, si solo aparece que "el arrendatario tendrá que pagar la comunidad", no está obligado a realizar ningún tipo de pago.
Muchísimas gracias por la respuesta Pholmo. Es lo que yo pensaba pero la casera me dice que los demás inquilinos que tiene en el edificio ya se lo han pagado, que es legal y que me corresponde a mi. En fin, ya le diré que esto no lo pago...
Gracias de nuevo
No debe pagar, puesto que solo debe pagar la cantidad que aparezca reseñada en el contrato, y una derrama extraordinaria es imposible que aparezca