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Vamos a dejar un piso en alquiler y nos tienen que devolver la fianza. ¿Puede reducirnos la cantidad de la fianza alegando que tiene que pintar las paredes?
Hola Luis:
La jurisprudencia de las Audiencias Provinciales es casi unánime al entender que la fianza únicamente puede ser imputada al pintado de la vivienda o local de negocio cuando dicha necsidad de pintar se deba a un mal uso o negligencia de la vivienda o el local por el arrendatario.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
La pintura es una cuestión de higiene y o decoración. No hay obligación de pintar por parte de nadie.
es algo que se suele hacer al cambiar de inquilino para mostrar un piso más atractivo.
saludos - Papeleos Alquiler.
pero tenía entendido que en la comunidad de madrid están obligados a pintar
Podría alegar que hay tales desperfectos que no tiene mas remedio que pintar, pero, si no es así, es solo un capricho que debe asumir el.