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En caso de que el inquilino haya firmado la renuncia los derechos de tanteo y retracto en la misma escritura de compra venta de la vivienda por parte del propietario a un tercero, ¿tiene validez dicha renuncia?, o... ¿por el contrario son derechos irrenunciables aunque se haya firmado ante notario?
- (La duración del contrato de alquiler era de un año, que se ha ido prorrogando.)
- (La venta se realizó transcurridos algo más de dos años desde la firma del contrato de arrendamiento).
-No se produjo comunicación fehaciente de las condiciones de la venta al inquilino, sólo telefónica del precio de venta.
-No se ha remitido copia de la escritura al inquilino por parte del comprador.
-El precio "en escritura" es inferior al comunicado al inquilino, es decir, fue un "aquí te pillo, aquí te mato" en la notaría.
-¿Existe alguna opción por parte del inquilino de impugnar la compra venta?
Parecen existir contradicciones en las preguntas, las contesto por orden:
1:- La renuncia ante Notario es perfectamente válida e irrevocable.
2.- Si se notificó para el tanteo por un precio inferior el Inquilino tiene derecho de retracto por elprecio fijado en escritura.