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Soy un inquilino nuevo y me estan exigiendo que domicilie mis recibos cuando antes llegaban a casa y se pagaban por caja, necesito saber si hay una ley que me ampare referente a este asunto
gracias
Juan
hace menos de un año me cambié de compañía eléctrica y la nueva suministradora no me pidió una cuenta bancaria para hacer el cambio (quizás para "robar"un cliente a otra compañía no ponen tantas pegas ). Desconozco si para un alta nueva te exigen la cuenta bancaria, pero en cualquier caso sería un practica ilegal y denunciable mediante una hoja de reclamaciones.
Tocayo, Lo tienes bien fácil, acercate a una tienda de telefonía y haz la prueba, o una de suministro eléctrico... y me lo cuentas
Pues habrán pasado, pero te recuerdo que una de las opciones que se da a los arrendadores que no les pagan los suministros, casualmente es esa. Deberías probar a ver si se puede, que quizá estamos volviendo a los 40.
javier, en esta ocasion no coincido con tu opinion. Si vas a una compañia y no quieres domiciliar los pagos te marcan como forma de pago "en ventanilla" y listo. Te llega la factura por correo y en ella te dicen el importe y la forma y fecha limite de pago.
Cracyh,
Creo que aunque debieras tener razón, en este caso no te asiste y sino prueba a darte de alta en alguna compañía. NO te dan de alta, ya que el programa informático si no se complimenta con un nº de cuenta , NO LO ADMITE. Tampoco debería tener que poner mi dirección de correo para darme de alta en cualquier sitio de internet ..... pero ..... hay que ponerlo. Chavalito, que los tiempos de los 40, han pasado.
No esta hablando del "cobrador a domicilio", sino del pago por ventanilla.
¿Quién le obliga a domiciliar los recibos? No tiene por qué hacerlo, pida que le llegue la factura al domicilio y que pagará por ventanilla
jcamilo52,
Hoy en día, si vas a cualquier compañía y no das una cuenta, no te hacen el contrato ni te atienden. Lo que dices es de hace 40-50 años que existía la figura del cobrador a domicilio.
Si por contra te refieres al casero el que te lo requiere, evidentemente tiene razón ya que tus consumos los debes pagar tu y emitirlos las compañias a tu nombre y a tu nº de cuenta
La única ley aplicable es el contrato, ley entre las partes que lo firman, busque ahí.
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