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Tengo dos años en un inmueble con un contrato de arrendamiento que se hizo valido el 8 de marzo 2010 en donde dice "ambas partes firman un contrato privado de alquiler, por meses de dicho inmueble a partir de marzo 2010, hasta marzo 2011, prorrogable por un año mas si las partes estan de acuerdo"; en otro de los puntos del contrato se decribe lo siguiente "el inquilino comunicara con dos meses de antelacion el abandono del inmueble, para que el propietario no se vea perjudicado para sucesivos alquileres, si esto no fuera asi, el inquilino perderia la fianza que entrego al propietario".
en marzo de 2012 decido irme del inmueble y en ese momento le notifico al dueño por tel que en vista de que el contrato se habia vencido el 8 de marzo pero como ya le habia pagado el mes en curso, desalojaba el inmueble el 8 de abril.
ahora el dueño me llama para decirme que me debe descontar los dos meses de fianza porque no lo ha alquilado y ya pasaron 2 meses desde que le notifique
Antes de nada ¿Ha habido alguna comunicación fehaciente? ¿Se ha firmado el documento de fin de contrato? ¿En qué terminos?