Tengo un contrato de alquiler de 3 años que acabo de renovar en abril de 2018, el mismo incluye una cláusula que e dice que el primer año es de cumplimiento obligatorio, y que si dejó el piso antes debo indemnizar al dueño pagando las rentas restantes hasta cumplir el año ( en este caso serían 6 meses). He hablado con el dueño por teléfono y quedamos que me puedo ir y no me cobraría dicha indemnización, como hago para quedar cubierta y que no me reclame nada a futuro? Debo de mandar la carta avisando que me voy 30 días antes? Yo había pensado firmar la rescisión del contrato el mismo día que entrego piso y llaves, y en dicho escrito aclarar que no se cobrara indemnización, puedo hacerlo así? Sino cuales serían los pasos a seguir en este caso: Desde ya muchas gracias.
Lo primero de todo, la cláusula de un año de permanencia es ilegal, incluso si es un nuevo contrato y no una renovación del anterior.
Si se ha firmado un nuevo contrato, la permanencia mínima es de 6 meses, y si es una simple prórroga del anterior no hay permanencia mínima pues ya se considera cumplida.
Por lo tanto, si usted ya cumplió esos seis meses, el cobro de los otros seis es nulo de pleno derecho.
Usted simplemente mande la comunicación fehaciente de desistimiento. Eso sí que es importante, junto con el preaviso mínimo de 30 días naturales. Si lo hace así, ya es suficiente.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português