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Tras

inquilino/a

Soy un inquilino y, en el recibo mensual, me incluyen un cargo de 0,50€ en concepto de 'cobranza'. ¿es legal?

¿És legal que me incluyan cada mes 0,50€ en el recibo de alquiler en concepto de "cobranza"?

  • Preguntado por: Tras
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
Crazyh ha sido el primero en contestar
Tras ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Tras

    inquilino/a

    El administrador me indica que el importe mensual de 0,50€ en concepto de "cobranza" es la comisión del banco por tener demiciliado el pago del recibo del alquiler. ¿Puedo considerar, por tanto, que el cobro es correcto?

    • Respondido por: Tras
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Lo sé pholmo, y es una de las absurdeces de la forma administrativa de hacer las cosas. Por eso también añadí la opción "copia firmada y sellada".

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Crazhy ese burofax le sirve para pagar 50 meses de 'gastos de cobranza' a lo mejor si tiene pensado gastar esos 25 euros del burofax, más vale que los emplee en una llamada a un abogado de los que tienen/tenemos para ello un teléfono 807, con esa cantidad tendrá casi media hora de consulta para facilitar al Abogado los pormenores de la situación, que le permitan aconsejarle más atinadamente sobre lo que le conviene hacer, incluso puede encargarse, sin coste adicional, de dirigir esa previa carta de reclamación con su firma y membrete, con lo cual el efecto coercitivo se incrementará

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    La comunicación que sea , o por burofax o por copia firmada y sellada.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Tras

    inquilino/a

    Gracias, Amparo.

    • Respondido por: Tras
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Para apoyarte:

    Artículo 17-4 de la LAU de 1995

    ...

    4. El arrendador queda obligado a entregar al arrendatario recibo del pago, salvo que se hubiera pactado que éste se realice mediante procedimientos que acrediten el efectivo cumplimiento de la obligación de pago por el arrendatario.

    El recibo o documento acreditativo que lo sustituya deberá contener separadamente las cantidades abonadas por los distintos conceptos de los que se componga la totalidad del pago y, específicamente, la renta en vigor.

    Si el arrendador no hace entrega del recibo, serán de su cuenta todos los gastos que se originen al arrendatario para dejar constancia del pago.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Tras

    inquilino/a

    Gracias, Crazyh, comunicaré al administrador que debe retirar este importe del recibo.

    • Respondido por: Tras
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En españa no es legal, eso seguro.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
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