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Tengo un piso que deseo alquilar, pero sólo de septiembre a junio. Con toda seguridad de que el inquilino se irá en junio.
También se puede hacer un contrato por temporada, haciendo constar que es por temporada, las fechas por las que se alquila, el docimilio habitual del inquilno ect. Y este contrato no tiene la obligación para el propietario de la posible prórroga hasta 5 años.
El inquilino tiene por derecho quedarse en un alquiler hasta 5 años con lo cual tendría que poner su piso como piso para alquiler por temporadas que varía en temas fiscales y ha de tener un permiso expreso. Lo recomendable es cobrar toda la temporada por adelantado y además una fianza proporcional y el contrato como le digo temporal cerrado.