Yo terminé el contrato de alquiler el 31 de diciembre y no me an traído otro ni tampoco me trajeron aviso que tenía que abandonar la vivienda.¿Que derechos tengo?
Si se trata de arrendamiento para uso de vivienda, su derecho es poder continuar con el alquiler de ese piso como mínimo (depende de la fecha de incio del contrato) por otra anualidad.
Si es vivienda habitual, y usted no ha agotado los tres años de permanencia obligatoria, más el año de prórroga necesaria, su contrato se ha prorrogado automáticamente. Por lo que la propiedad ya no podría pedir el desalojo sin más, tendría que alegar una razón prevista en la ley.
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