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Pago 417.66 ¿cuánto debería pagar?
Buenas tardes, Isabel:
La actualización solo es exigible desde el mes siguiente a áquel en el que su arrendador le notificase por escrito la actualización. Por lo tanto, si su arrendador no le ha notificado la actualización usted NO está obligada ni a calcularla ni a pagarla
Si hubo notificación el sistema es el siguiente: la renta base será la que se viniese pagando en la anualidad anterior. Para la primera actualización se tomará como mes de referencia el IPC que corresponda al último IPC que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato. En las sucesivas actualizaciones se tomará como referencia el índice que corresponda al último aplicado.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
si te toca ahora la revisión, es sobre el mes de abril y la nueva cuota sería 1,5% más.
423,92 €
depende del mes...tu misma puedes mirarlo aquí
http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0