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Buenas tardes, Soy Presidenta de una CP, y hoy he recibido una citación por una denuncia por coacciones. Les resumo, si se puede resumir: En la Comunidad hay una Sociedad Limitada (la promotora) que es propietaria de, más o menos, un 50% de la Comunidad. La sociedad está desaparecida, y evidentemente tiene una deuda descomunal, todo debidamente demandado por lo civil. De repente aparece un individuo sin acreditar nada, de cuya existencia nos enteramos por la policía local, ya que lo habían "pillado" forzando la entrada a la portería (la comunidad se compone del parking, 1 local y 2 edificios de viviendas, uno de ellos toda la propiedad es de esta sociedad y está vacío, no reside nadie). Más adelante nos enteramos que se tomó la libertad de cambiar él mismo la llave de la portería a su antojo, a través de la oficina del BBVA que desde ese momento no pudo acceder a la portería (el local pertenece a BBVA y a nuestra Comunidad y solo acceden para dar la lectura de la luz a la compañía eléctrica). Pues bien, en febrero de este año se acuerda por Junta Ordinaria cambiar la llave de esa portería por seguridad ante posibles ocupas. El individuo en cuestión, en cuanto no pudo acceder al edificio se persona ante el administrador de fincas y casualmente estaba yo allí también. Tenemos una charla, nos dice que es acreedor de esa sociedad y que le han cedido judicialmente los pisos y plazas de pk para su explotación. Pedimos que lo acredite y al informar de la deuda y de que en una cesión (hasta donde a mi me llega) se ceden tanto los derechos como las obligaciones, cambia la versión y dice que solo es un mero inquilino. Pedimos también que lo acredite. Nos dice que sin problema, que su abogado nos lo facilitará todo. Le damos un voto de confianza y le facilitamos copia de la llave, informándole que lo hacemos de forma extraordinaria, dado que la Comunidad, a quien tiene que facilitar las llaves es al propietario de las viviendas, no al inquilino o lo que sea, y advirtiéndole que si no lo acredita se volvería a cambiar (firmó un recibo). No solo hizo caso omiso sino que nos informó que su abogado le había dicho que no tenía ninguna obligación de mostrarnos ninguna documentación. En mayo procedimos a volver a cambiar la llave de dicha portería, habiendo advertido mediante cartel colgado en la portería con una semana de antelación a los propietarios que se iba a producir el cambio, y evidentemente dejando a disposición de los mismos, copia de la llave que tengo en mi poder a la espera que vengan y me soliciten. Pues bien, hoy he recibido citación por denuncia de este individuo contra mi, no contra la Comunidad, por coacciones. ¿Qué opinan? Yo en ningún momento me he negado a entregar la llave a sus propietarios, ni he recibido requerimiento al respecto por parte de ellos, ni nada? ¿La ley me ampara? Atentamente.