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LLevo mas de 3 años en el piso, y segun el contrato no puedo marcharme hasta enero, pero mi situacion ha cambiado ya no vivo con mi pareja ni recibo la subvencion del alquiler, por lo que se me hace muy cuesta arriba, hable con mi casero quien era amigo mio y le comente la situacion q tenia que marcharme, me dice que no puedo irme hasta enero, en este tiempo jamas he dejado de pagar, no tengo problemas con vecinos y el piso esta impecable, ademas de lo economico, estan reahabilitando el edificio de al lado, trabajo a turnos y cuando voy de noches tengo que emigrar a otra parte, mi casero sabe que no va a volver a alquilar ese piso por ese dinero (450€ x un piso de 40m), me siento estafada, no se que puedo hacer, y si algun dia no puedo pagar?no se que opciones tengo.Gracias
Bebeca, debes cumplir lo que has firmado, si no serás penalizada
Hola, no hay clausula que especifique que tengo que indemnizar en caso de que la deje antes, y mi duda es, el no poder acarrear con el precio, es causa ajena a mi voluntad, y las obras que impiden que pueda hacer uso habitual de la vivienda durante 10 dias al mes? siguen siendo dudas... graicas
Con carácter general no, sin indemnizar al dueño. Tiene que examinar el contrato por si hay alguna previsión al respecto.
En principio debe cumplir el contrato salvo que el motivo de su marcha sea ajeno a su voluntad, y dependerá del criterio del juez si el dueño le demandara.
Trate de negociar con el dueño.