Si puede acreditar lo que afirma de molestias ello puede constituir una causa justificada para abandonar el arriendo, en caso contrario deberá cumplir al menos el año o pagarlo. Todo ello salvo que llegue a un acuerdo con la propiedad, que le recomiendo conste por escrito.
Pedro Hernández del Olmo, abogado
Redacción de Contratos de Alquiler