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Buenas.
Le hemos comunicado a nuestro casero que abandonamos la casa en la que estamos el día 01-08-2011. En el contrato no pone nada sobre que tengamos que pagar una penalización si nos vamos antes de cumplir el año de contrato. Pero el nos ha respondido que tenemos que dejar la casa el día 12-06-2011, ¿esto lo puede hacer?
Gracias!
Hola lakurt:
coincido con la respuesta de la Sra Amparo. Por lo tanto la mejor opción para ambas partes es llegar a un acuerdo sobre la fecha de resolución de mutuo acuerdo del contrato.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Muchas gracias por la respuesta Amparo.
La verdad es que en ningún momento nos han hablado de indemnizar por irnos antes, símplemente que nos daban un preaviso ellos a nosotros de 30 días para que abandonemos la casa... y nosotros hasta julio no nos podemos ir, esa es la historia.
Quiero decir que han sido ellos los que nos han dicho que nos vayamos primero vaya... aunque sabían que teníamos intención de dejar la casa por las malas condiciones en las que está.
Muchas gracias de nuevo a todos por la atención!
La cosa está que si al final os váis el 12 de junio, deberíais obtener un fin de contrato de mutuo acuerdo en el que se especifique que nadie debe nada a nadie y que el contratoo se finaliza por acuerdo entre las partes.
si no te firma eso. Y pretende demandarte por incumplimiento. Pues total la demanda va a ser la misma por irte en junio que por irte a finales de julio que es cuando tú lo deseas. Debes saber que él no puede "echarte" en junio. Simplemente no puede. Es tu casa.
saludos - Papeleos Alquiler.
No, porque hasta ahora no pagaba alquiler por que teníamos que hacer la instalción de luz y de agua, y llegamos al acuerdo de hacer una carencia.
Buenas,
Te aseguro que si tuviera la opción de salir hoy mismo de esa pocilga lo haría... porque las condiciones son inhumanas
El problema es que ni tengo dinero para pagarme otra cosa (ni aunque sea temporal) ni tengo sitio donde ir ya que vivo fuera de mi ciudad y no tengo conocidos.
si la fecha del contrato es del 1-04-2011 no te puedes marchar " legalmente " hasta el 1-04-2012 (salvo acuerdo con el casero).
si lo haces te puede reclamar una indemnizacion por incumplimiento de contrato.
Dado que el casero te ofrece irte en Junio (entiendo que sin reclamarte nada) yo aceptaría esa opcion y me buscaria un alojamiento temporal hasta agosto (en casa de un familiar/amigo o incluso en una pension).
Aunque tengas ciertas incomodidades durante ese tiempo creo que te saldrá más barato que una indemizacion al casero.
Tambien puedes poner una demanda por inabitabilidad, pero será más caro y lento que un acuerdo con el casero.
Buenas.
La fecha de firma del contrato fue el dia 01-04-2011
un saludo.
Hola Lakurt:
Por favor, exponga la fecha de celebración del contrato.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Buenas,
La duración del contrato es de un año y la fecha en la que le avisamos de del desistimiento por primera vez fue la semana pasada (por email), y hoy la hemos reiterado por burofax que dejaremos la casa el día 31 de Julio (es decir con 79 días de preaviso)
Mi problema no es que el casero quiera cobrar una indemnización, ya que el motivo por el que dejo la casa es que hay muchas humedades y no esta en condiciones de habitabilidad óptimas.
El problema es que hasta el dia 01 de agosto no nos podemos ir a nuestra nueva casa y no nos podemos quedar en la calle. Hemos mandado un burofax hoy a los propietarios indicando que dejaremos la casa el dia 31 de Julio, pero ellos quieren echarnos el día 12 de Junio..
No se si se podrá hacer algo...
Perdona amparo que creia que decían que en el contrato ponía que no había penalización por desestimiento anticipado.
Mi respuesta anterior no es válida.
Si el contrato es por arrendamiento habitual tienes que respetar la duración pactada ya que tu casero te puede exigir el cumplimiento de esta, y si no avisas de que te vas con 30 días de antelación antes de la anualidad el contrato se proroga el solo por orto año tambien de obligado cumplimiento.
Si te vas antes el casero puede pedir indemnización.
"Pero si no teneis penalización en principio daría igual. "
eso no es cierto. Si no tenéis pactada penalización puede salir más caro pues existe la posibilidad de que os enfrentéis a un proceso judicial y los gastos que él conlleva.
contestad a jan.
saludos - Papeleos Alquiler.
Es que en teoria os tendrías que ir cuando el contrato cumpla el año. Pero si no teneis penalización en principio daría igual.
Hola lakurt:
por favor, exponga la duración inicialmente pactada y la fecha en que dieron el preaviso de desistimiento.
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es