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usuario eliminado

¿Se puede dejar un alquiler?

Inquilino con contrato de 1 año que finaliza en octubre 2010, desea resolver el contrato en julio 2010. ¿Estoy obligado a cumplir el contrato? ¿cuánto sería el coste a la hora de la resolución del contrato?

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
jose eladio ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    José Eladio, reitero la pregunta que le hice en este post (y no contestó):

     "Tengo una curiosidad. ¿De qué sector relacionado con los arrendamientos es profesional exactamente José Eladio?"

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • usuario eliminado

    legalmente no se puede incumplir el contrato bajo ningún concepto, puede que el propietario en cuestión no ponga problemas pero en terminos generales le pediran las mensualidades que faltan hasta cumplir el contrato, solo puede rescindir un contrato por una causa justificada

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    depende de si el contrato lo contempla o no. Si no contempla esa opción tiene usted que esperar a octubre o llegar a un acuerdo económico con el propietario.

    En mi contrato pone que si me voy antes del vencimiento, deberé indemnizar a la propiedad con un mes.... osea que pagando una mensualidad, me puedo ir cuando quiera.

  • Francisco34

    casero/a

    Jose Eladio, yo no sere profesional como usted, pero si he leído que el incumplimiento unilateral da a la parte que si la cumpliere el derecho a exigir el cumplimiento integro, creo haber leido esto que le digo en la LAU, y si no en el codigo civil.

  • jose eladio

    profesional

    En mi opinion no hay ningun articulo que prohiba el anular el contrato antes de tiempo, es decir, avisando con treinta dias de antelacion puede prescindir del contrato, a no ser, que en dicho contrato conste una perdida por incumplimento del mismo que puede ser de una mensualidad, la fianza o lo que se dictamine en dicha firma.

    Es recomendable para los contratos temporales o de verano poner esta multa o perdida, ya que hay muchos que pasan las vacaciones a precios de larga temporada y luego marchan, con precios realmente buenos.

  • usuario eliminado

    Si está obligado a cumplir el contrato o le pueden exigir las mensualidades que faltan hasta cumplir el contrato vía judicial.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
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