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asociación cultural sin ánimo de lucro. el arrendador exige el pago del irpf sobre el precio del alquiler. en nuestra opinión debería pagarlo al arrendador .
Desconozco si al tratarse de una asociación cultural sin ánimo de lucro está exento del I.V.A. y las retenciones, pero creo que no. (para mas seguridad espera la respuesta de uno de los abogados del foro)
Si no está exento deberás pagarle al arrendador el 21% de I.V.A. (que él ingresará trimestralmente a hacienda) y descontarle del alquiler el 21% de retencion a cuenta del I.R.P.F. (que tu deberás ingresar trimestralmente en hacienda). El arrendador te tiene que dar una factura (que no es lo mismo que un recibo) en la que aparezcan desglosados los conceptos de alquiler, retencion a cuenta del I.R.P.F. e I.V.A.
Así es para los alquileres se uso distinto a vivienda.
Evidentemente eso debe pagarlo el arrendador.
ademas, dependerá del resto de sus ingresos.
eso si, el iva, dado que no es vivienda, debeis pagarlo.
teneis un contrato? Que dice?