Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
sería suficiente con una carta certificada de un administrador de fincas
Durante los 5 primeros años ,no le pueden subir el alquiler,lo único que le pueden subir es el IPC cada año,avisando incluso en el recibo anterior
Mas bien considero qu equien teine que comunicarle esa actualización es el arrendador, salvo que el adminsitardor tenga poderes y lo haga en uso de esos poderes.
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