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Hola buenas me llamo Francisco, soy el inquilino de una vivienda que por contrato la duración en la misma es de mínima un ano. Si quiero cesar el contrato e irme según el contrato, debo de abonar la cantidad de las mensualidades restantes. Eso es del todo legal? Aunque conste en el contrato? En el caso de poder irme con qué plazo tengo que avisar al arrendador?
Teniendo en cuenta que la cláusula no es en absoluto abusiva, ¿para qué creía entonces que se firman los contratos?
30 dias antes del cumplimiento del contrato, avisando al arrendador por burofax.
Si te vas antes pueden exigirte legalmente que pagues la totalidad de las mensualidades hasta cumplir el año. Esa clausula es del todo legal porque asi lo contempla la LAU.
Y claro que debes cumplir lo que firmaste en el contrato. Los contratos se firman para ser cumplidos por ambas partes.