Me voy del piso en donde estoy porque no puedo pagar el alquiler del mismo. En este momento debo 1 mes y medio y un par de facturas, que sumándolo se corresponden con la cantidad de dinero que entregué en concepto de fianza. En el contrato pone expresamente que el dinero de la fianza sólo será para cubrir posibles desperfectos, pero no rentas pendientes de pago. La cuestión es que estoy sin contrato desde enero, porque no quisieron hacémelo ni me lo van a hacer (desde enero a junio) aunque lo pague todo. ¿Pueden demandarme si no lo pago todo y lo descuento de mi fianza, aunque verbalmente se muestren de acuerdo? no me fío en absoluto de ellos, he estado a punto de llevar una grabadora para grabar mis conversaciones con ellos, pero alquien me dijo que grabar sin consentimiento es un delito. Gracias por vuestras respuestas.
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