Javimar, ante todo debería leer
EL DECALOGO DEL INQUILINO Como puede ver vd necesita estar en condiciones de acreditar en todo momento las notificaciones, acuerdos etc., a que haya llegado con su casero y el teléfono para este menester no es el instrumento adecuado, el correo postal tampoco salvo que se haga mediante burofax.
En su caso quizá lo que tendría que exigir es que esa persona le acredite que tiene poder de su madre para "hacer y deshacer" en su contrato de arrendamiento.
Por lo demás, salvo que haya información que no conozco, no veo la oportunidad de prescindir del correpo electrónico.
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