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Sin contrato, sin recibos, no puedo pagar este mes pero sí al que viene.
Llevas razon, por eso aqui se insiste en que podemos orientar, pero sin conocer la historia al detalle ni ver toda la documentacion es imposible afinar y aun asi nunca podemos dar garantías de exito. Hay detalles que pasan inadvertidos para un particular y que te pueden hacer ganar un procedimiento.
Cuando ninguna de las partes tiene las cosas claras es cuando hay que pactar, de lo contrario entras en sala y vas a la aventura. Normalmente se llevará el gato al agua la opcion más creible, la mas documentada, pero tambien es cierto que entablar una accion sin pruebas es una temeridad.
Pedro Martinez
Abogado
Pedro, ya, si estoy de acuerdo.
Pero me pregunto qué va a alegar en un juicio de desahucio por impago como el inquilino diga que no es cierto y que le dejo la casa por tres años y ahora hace esto porque le es más fácil emprender este tipo de acción judicial.
Aparte que el arrendador tb deberá demostrar ese acuerdo verbal de alguna forma, e incluso la cuota mensual. Uno puede decir que eran 1000€ y el otro que no, que eran 150.
Vamos, que a cual peor. No me gustaría ser abogado ni de uno ni del otro.
El caserto lo ha hecho mal,pero mira que pagar en efectivo sin recibo. Manda c. Es
Crazyh, si hay una demanda de desahucio por falta de pago y reclamacion de cantidad yo entiendo que nunca puede existir un precario.
Asi lo he interpretado yo y creo que es lo que hará el arrendador. Ahora bien, tambien podria plantearlo el propietario asi, pero su intencion es cobrar asi que no lo veo
Pedro Martinez
Abogado
Bueno, eso de que tiene un contrato verbal es discutible. Habrá que demostrar ese contrato de alguna forma, y no parece fácil, con lo que se puede alegar una precariedad.
Gostadillo, no pagues nada más hasta que te dé recibos y puedas demostrar el pago de la fianza de alguna forma. Exije tus recibos, pues es una temeridad pagar sin dejar constancia.
Antes de nada te comento que tienes contrato, aunque es verbal y que tienes derecho a exigir la formalizacion por escrito asi como la entrega de recibos cuando pagas la renta.
Si no lo haces estas corriendo un gran riesgo pues no puedes probar que pagas la renta.
En el caso del retraso, bien puede el propietario demandarte, aunque siempre te queda la opcion de ponerte al dia en los pagos. El problema no es ese, es que le de por reclamrte todas las mensualidades que no puedes justificar haber pagado.
Un abogado es quien mejor te asesorará para obligar al propietario al cumplimiento de sus obligaciones y además podrá defender tus intrereses cuando seas demandado.
Pedro Martinez
Abogado
Parece que hubo un error por desconocimiento del uso. Clarifico.
Este mes debido a diferentes razones no puedo pagar el alquiler. Llevo un tiempo viviendo en el piso pero no tengo contrato ni recibos de lo pagado, salvo la fianza y el primer mes. He hablado con el arrendador especificando que el mes que viene le pagaré el mes en curso, el mes debido y cualesquiera gastos que esto le ocasione. Parece que de momento no se da por satisfecho. ¿Puede echarme sin más o tomar alguna medida directa e inmediata para que tenga que dejar el piso? Yo la verdad no quiero líos pero me llama hasta 10 veces al día para cobrar y ya he agotado todas las posibles vías de pago, sin resultado.
Gracias por las respuestas