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Hola tengo un contrato con opcion a compra, y hace un año y medio que vivo en el ahora me quiero marchar porque he encontrado algo mejor.Pero leyendo el contrato dice que tengo que pagar 2 mensualidades por año. ¿Eso es legal?? le tengo que pagar 4500 euros mas la entrada que le di en su momento? ¿que puedo hacer??
Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo, pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.
Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Hola aatr:
Le sugiero que acuda con el contrato y la documentación relacionada con el mismo a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos. El/ella le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Hola,
El contrato debería haberlo leido antes de firmarlo, no ahora.
Para contestar correctamente a esta pregunta, se debería leer el contrato con detenimiento, ya que en el momento que usted firmó este contrato, el alquiler se debe rejir por la LAU, y hay que ver si hay alguna posible salida más barata.
otra opción es sentarse con el arrendador/vendedor e intentar pactar.
Eso es LEGAL. mientras no venga un juez a decir que no lo es.
Pues en mi opinión tiene 3 opciones.
- Irse del piso satisfaciendo el dinero que acaba de contarnos.
- Irse del piso sin pagarlo y arriesgarse a que un juez le condene a hacerlo y además a pagar los gastos judiciales (su abogado y procurador y los de su arrendador)
- Quedarse... y cumplir el contrato (Los contratos se hacen para asegurarse de que la otra parte cumple el pacto... ¿Qué diría usted si fuera el propietario quien viniera diciendo que ha encontrado otro inquilino que le paga más?...)
Saludos - Papeleos Alquiler.