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PRIMERA.- El plazo de duración del presente contrato es de DOS AÑOS prorrogable por tres años más, obligatoriamente para el arrendador, y potestativamente para los arrendatarios, y comenzará a regir a partir del día 1 de febrero de 2010 y finalizará el día 1 de febrero de 2015.
En consecuencia, una vez transcurrido dos años de vigencia del contrato, los arrendatarios podrán rescindirlo unilateralmente en cualquier momento de su vigencia, con el único requisito de preavisar al arrendador con al menos dos (2) meses a la fecha de efectiva resolución.