Habría que examinar el contrato con detenimento para saber si existe el derecho de traspaso y para determinar la duración del arriendo traspasado, si es así proceder al traspaso cumpliendo los requisitos que señala la LAU 1964: Previa notificación al casero, plazo para ejercer el tanteo, formalización en escritura publica, etc.
En mi blog tengo tratado el asunto:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/10/existe-en-la-actualidad-el-derecho-de.htmlhttp://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/10/doctrina-jurisprudencial-europea-sobre.html
En mi blog
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.