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En el contrato textualmente solo pone:
esta cantidad queda sujeta a posibles responsabilidades en que puedan incurrir los arrendatarios por deterioros que se produzcan en el inmueble,impagos de rentas o cualquier otra causa derivada de la relacion arrendaticia del presente contrato.
He leido que por causas de fuerza mayor como desempleo,traslado..no deberiamos tener penalización.
Quiero saber cuales son nuestros derechos y nuestro deberes.
Gracias de antemano por su atención
Te lo vuelvo a repetir tu tienes de obligado cumplimiento el primer año y solo lo puedes dejar sin penalización avisando 30 días antes de irte en cualquiera de los cumpleaños de dicho contrato, Te pueden reclamar la fianza + los meses que falten hasta el año completo.Más claro no puedo decirtelo
Otra vez..ya se que el casero no tiene la culpa pero no me refiero a quien tiene la culpa o no..sino a lo que dice la ley en cuanto algunas excepciones.
Partiendo de la base de que yo no he firmado en ningun momento por cinco años nada y es mas en mi contrato no existe clausula alguna referente a penalizaciones mientras que en otros contratos que he tenido aparecia bien reflejado y clarito todo lo que se tenia o no que hacer.
Ya te han contestado que el casero no tiene culpa de que te quedes sin trabajo o cambies de ciudad.Debes tener presente que el casero tiene que respetar si o si los cinco años y tu comno inquilino el primer año ,como mínimo.Conformate con perder únicamente la fianza,ya que te pueden reclamar hasta fin de año o hasta que se vuelva a alquilar
Creo que no me he explicado bien del todo..
He leido en algunas paginas que hablan sobre la LAU que existen unas causas de fuerza mayor entre las que se encuentra el desempleo asi como el traslado de ciudad,que tambien es mi caso,por las cuales no estas penado y quiero saber que hay de cierto en esto.
Gracias de nuevo
Hola Skullwoman:
Coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
coincido con la respuesta anterior, la proxima vez que alquiles hazlo con un contrato de temporada o vacacional ,no por lo que se rigen por la LAU, suelen ser pisos con rentas mas caras, pero si no puedes asegurar el tiempo que vas a estar , es mejor hacerlo asi.
El casero no es responsable de que tu te quedes sin trabajo.
Si solo te penaliza con la perdida de la fianza te está haciendo un gran favor. Te podría exigir el cumplimiento de todo el año de contrato
llegado el momento de rescindir el contrato y entregar las llaves debeis hacer un documento de fin de contrato y entrega de llaves en el que quede bien claro que el casero renuncia a reclamaros nada más por el incumplimiento del contrato.
Aqui tienes modelos que te pueden ser útiles: https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/
Si no estás conforme con esa penalizacion deberás acudir a los juzgados y en cualquier caso te saldrá bastante más caro.