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El texto del contrato dice así: el plazo de vigencia o duración del presente contrato será de un año, por lo que, llegado el dia 14 de diciembre del 2008, el mismo quedará resuelto de pleno derecho,y en dicha fecha el arrendatario hará entrega de las llaves y posesión de la vivienda, junto con el resto de los bienes, al arrendador. Si llegada la fecha de terminacion del plazo pactado ninguna de las partes ha comunicado a la otra con una antelación de 30 dias su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará hasta completar un año año de duración y sucesivamente por anualidades si fuera el caso, hasta un máximo de 5 años, en el que quedará definitivamente resuelto sin posibilidad de prórroga alguna.
El presente contrato se regirá de acuerdo a la ley 29/1994 de 24 noviembre de arrendamientos urbanos
Se pueden emprender acciones legales?
su contrato es perfectamente legal, se renueva de forma anual a fecha de día 15 de diciembre y si usted no dice lo contrario seguirá vigente hasta 2012...