Apreciada Astrid:
Por supuesto que no. ¿Cómo dará su consentimiento una persona fallecida?.
El arrendatario que lo admita se juega a que el heredero solicite la nulidad del contrato, el desahucio de la vivienda y la reclamación de daños y perjuicios.
Guimaraens Abogados está a tu disposición si lo estimas oportuno.
Un saludo,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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