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He alquilado a una chica una habitación de mi piso.
El piso estaba ya libre para entrar en Junio, pero dado que nos caimos bien decidí no alquilar a otras personas que me pidieron la habitación y esperarla a ella para que entre en Julio.
Me pago la fianza y el alquiler del mes de Julio en Junio y todo estaba arreglado.
El 03/07 me informó que no venía al piso por un traslado de su trabajo.
Mi pregunta es si tengo que devolverle la fianza y el alquiler, o si puedo quedarme con ambos por el perjuicio que me ha causado, al no haber podido alquilar la habitación a otras personas y que ella me avisó tarde de su decisión.
Encima de todo en Julio cojo vacaciones y no estaré practicamente todo el mes, por lo que no puedo buscar a otro inquilino.
¿Qué puedo hacer?
Tal como relata los hechos me figuro que todo ha sido 'de palabra' salvo los recibos de esas cantidades, fianza y mes de julio. Si es así eso dificulta las cosas.
Le conviene leer el DECALOGO DEL CASERO
Vd tiene derecho a exigir el cumplimiento de un contrato aunque sea verbal o bien a ser indemnizada por ese incumplimiento, deberían ponerse de acuerdo en esa indemnización.
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