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SQS1979

inquilino/a

En el contrato de alquiler se me indica que tengo que contratar suministros de agua, luz ... ¿hasta qué punto es esto legal?

 

Buenas, voy alquilar piso proximamente y en el contrato que me ha enviado la propietaria incluye esta clausula:

7ª.- El arrendatario, Sr. XXXX XXXXX, se obliga a contratar a su nombre el suministro de agua y electricidad, y en su caso, teléfono, siendo de su cargo los gastos de la contratación de los mencionados suministros, así como el pago de los importes de las facturaciones que por dichos servicios y suministros se hagan, sin que nada pueda reclamar por ellos a los arrendadores.

¿es legal que sea yo (y no la propietaria) el que tenga que dar de alta luz, agua, etc con el gasto que ello supone?

 

  • Preguntado por: SQS1979
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Así es.

    la propietaria tiene obligación de dejar la casa en condiciones para contratar los suministros  (con los boletines en orden) pero quién los da de alta es negociable.

    negocie usted explicándole que si los da usted de alta. Los dará nuevamente de baja al marcharse y volverá a quedar la casa sin suministros.

    puede darlos de alta la propiedad, y luego cambiar la titularidad que es un trámite sin coste.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

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