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El contrato se formalizo el 1 de abril de 1994 y por una duracion de dos años. Nunca se renovo por lo que esa caducidad se supone se produce el 1 de abril de 1996 . las relaciones con los propietarios ahora no son buenas y me pregunto si me pueden echar si el contrato caduco desde hace 15 años. estoy casado y tengo un hijo de 20 años . me pueden subir la renta? nos pueden plantear un nuevo contrato y debo aceptarlo? a que ley de arrendamientos debemos acojernos a la nueva ley del 94 o a la ley anterior del 64?. añadir que el arrendador fallecio y le sobrevive su esposa y 4 hijos . 1 de sus hijos es minusvalido y otro de ellos vive en otra provincia , los otros dos estan solteros y viven con su madre . pueden solicitar tambien alguno de ellos necesidad de vivir solos o si fallece la madre cuando hagan reparto tendremos que irnos?
gracias.
A.GARCIA
Hola an:
para responder a su consulta sería preciso examinar el contrato y disponer de más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es