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En el caso de que al pasar los años suban la comunidad, quien tiene que hacerse cargo de la subida? Inquilino, Propietario?
Ron, también debes saber que al 5º año, la renta puede incrementarse en porcentaje distino al ipc
artículo 18. Actualización de la renta
1. .
2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.
Perdonar por no enterarme antes, ahora ya lo tengo claro. Gracias a los 2. Un saludo
Suerte que se lo he repetido dos veces. A ver si a ti te hace más caso pholmo
El arrendamiento se prorroga otros tres años para el arrendador, para el inquilino cada año puede dar por terminado el contrato.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
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Y si no hay ninguna comunicacion entre nosotros y vencen los 5 años que sucede? Gracias
Es que el propietario solo puede hacer uso de ese derecho a la finalización de los 5 años, y pasados estos, a los 8 años.
la comunicación debe ser de forma fehaciente ( carta notarial, burofax, etc. ).
si no recoges el burofax se da tb por comunicado
Como tiene que hacer el propietario para comunicarme la no voluntad de renovar automaticamente? Me refiero a formas y plazos
Para finalizar el contrato deberá avisar con un mes de antelación de forma fehaciente ( burofax con acuse de recibo y certificación de texto), o su contrato se va a renovar por 3 anualidades más.
El arrendador tb puede dar por finalizado el arriendo en este cumpleaños, y pactar nuevas condiciones, así que, visto lo visto, le sugiero que empieze a buscar piso y avise de q no va a continuar.
No se olvide de formalizar la finalización de contrato con un documento y dejar constancia de la entrega de llaves, el estado del piso y las numeraciones de los contadores de agua, luz, gas, etc.... para luego tener los mínimos problemas con la devolución de la fianza
Si en el contrato no consta que la comunidad corre por tu cuenta la tiene que pagar él. Si quiere que pagues la subida tú que se aguante. No lo pagues, no te corresponde.
Eso es lo que me parece a mi, en enero hago los 5 años de finalizacion de contrato. He aguantado la subida desde 400 a 480 que pago al mes año tras año. Subida del pago de calefaccion desde 0. 30€ hora hasta 0. 90 que esta ahora. Y se cabrea todo por una misera subida de 3€ al mes de comunidad. Quiere que se lo pague yo
Hola Ronn:
Si en el contrato consta que la comunidad está incluida en la renta y siempre la ha pagado el propietari, éste deberá pagar los incrementos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Yo no pago la comunidad. La comunidad siempre la paga el propietario, perto hace cosa de 2 meses se la subieron. Quien tiene que pagar ahora? A mi ya me sube todos los años la renta el IPC
Hola Ronn:
En el caso que expone la comunidad deberá ser actualizada junto con la renta conforme al artículo 18 de la lau 1994.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es