Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

maria

inquilino/a

Contrato de alquiler

Estoy interesada en alquilar una vivienda por tiempo indefinido en una zona de playa, el dueño de la vivienda tiene comprometido el mes de agosto de este año, mes en el que yo no estaré en esa localidad, el dueño me comentaba que podría alquilármelo siempre y cuando yo le dejase libre dicha vivienda en ese mes, lo cual no me importaría, pero me gustaría saber si se puede hacer y cual seria la manera de plasmarlo en el contrato de arrendamiento.

  • Preguntado por: maria
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Graciani Asesores

    Graciani Asesores

    profesional

    Dependerá de cuál sea la finalidad del contrato, si es de carácter mercantil, es decir usted lo arrienda para posteriormente gestionar un alquiler vacacional, pueden establecer cuantas cláusulas crean oportunas. En cambio si es un alquiler para vivienda los compañeros del foro ya le han indicado algunas maneras de proceder.
    Un saludo
    http://www.gracianiasesores.com
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Un contrato por tiempo indefinido, según la LAU, equivale a un contrato por un año, si lo que te interesa es un contrato por muchos años, hay que especificarlo, pon los años que quieras permanecer en la vivienda, sean 10, 15 22, 31 etc., pero te conviene poner que no habrá penalización en caso de desestimiento anticipado. La solución de un contrato de tres meses  (Mayo, Junio y Julio) que te ha dado Amparo BB y luego hacer el contrato  por varios años, la veo bien para tí, pero no así para el arrendador, el cual puede desconfiar de que no lo cumplas y no te vayas al terminar Julio, si se da este supuesto, mejor sería comprometer ahora el contrato para Septiembre como vivienda permanente de larga durada y esos tres meses, arrendarlos en otro piso, como de temporada a la espera del otro.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Se me ocurre lo siguiente: Un contrato de aquí a fin de julio. Otro contrato de septiembre en adelante. De ese modo además tú no eres responsable de lo que le pase al piso en agosto. Suerte  Papeleos Alquiler
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas