En los arrendamientos de vivienda no suele coincidir la opinión del casero y la del inquilino respecto la idoneidad de ese inmueble, el inquilino no obstante tiene derecho a que sea habitable y, si no lo es, a rescindir el contrato o a obtener esa habitabilidad, para ello deberá acudir a la vía judicial provisto de un dictamenque acredite esa inhabitabilidad de la vivienda.
Pedro Hernández Olmo, abogado