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Antonio

inquilino/a

Contrato abusivo y devolución de depósito y fianza
Hola, firmamos un contrato el 1 de marzo de 2012 y después de casi 4 años queremos salir, porque hemos encontrado una casa nueva.  Resulta que tenemos una cláusula en el contrato que no nos deja salir antes de la fecha de renovación del contrato, 1 de marzo. Y si salimos antes, perdemos los 3 meses de depósito y 1 mes de fianza que entonces pagamos. Somos una familia con 4 hijos que siempre ha pagado religiosamente y estamos a punto de perder 4000 Euros. Pensamos que el dueño no ha declarado el piso, durante 3 años cobraba en metálico. Podemos hacer algo? Gracias, Antonio
  • Preguntado por: Antonio
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    A la acertada respuesta de mi compañero solo cabe apostillar que el hecho de que el casero no haya cumplido sus obligaciones fiscales no afecta en nada a las derivadas del contrato de arrendamiento  Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    Lamentándolo mucho, el contrato que firmaron no es abusivo. Hasta el 6 de junio de 2013, momento en el que se modificó la normativa de arrendamientos, el cumplimiento de las prórrogas del contrato era de obligado cumplimiento para las partes, por lo que si los arrendatarios desistían antes, el arrendador podía exigir, en concepto de indemnización por el desistimiento anticipado, la totalidad de las rentas por el período que restare por cumplir.
    Dicha indemnización tiene como límite el enriquecimiento injusto del arrendador, quien, si logra arrendar la vivienda dentro del plazo de obligado cumplimiento del arrendatario, no puede exigir la penalización completa, sino únicamente la parte que correspondería al plazo no cubierto por las rentas.

    Por ello, a pesar de que Uds. han tenido "suerte", y en lugar de las mensualidades de octubre a marzo, el arrendador les penaliza "solo" con la pérdida de los 4 meses de fianza, pueden intentar negociar con el arrendador una solución que implique una penalización menor, argumentando que es posible que lo arriende en un plazo menor.
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/terminacion-alquiler-vivienda/
    En todo caso, asegúrense de que el piso está en condiciones óptimas en el momento de su devolución, y no se olviden de firmar el correspondiente documento de finalización del arrendamiento.
    http://blog.desalvador.es/general/modelos-terminacion-alquiler/
    Un saludo,
    www.desalvador.es
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