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Tengo contrato de 5 años de alquiler y 3 opciones:
1.Puede que le embarguen el piso al propietario en ese caso¿a quien le pago el alquiler?¿tendria que irme?
¿el contrato cambiaria?¿el numero de cuenta al que ingreso cambiaria?es decir que perderia la ayuda del piso.
2.la segunda opcion es que se lo venda a un nuevo dueño que no viva en el piso y mi pregunta es si al cambiar elcontrato podria cambiar las condiciones(5 años)
3.Si lo vende a un nuevo inquilino y yo acepto a irme ¿me tendria que indemnizar, con cuanto? cuanto tiempo deberia dejarme para que me fuera.
Ya se que es muuucho pedir pero una ultima pregunta: que pasa con mi fianza en los tres casos.
GRACIAS;)
1. - Para pagar el alquiler a otra persona que no sea quien le arrendó debe previamente acreditarle su derecho a cobrar.
2. - un embargo en nada afecta a su condición d einquilino.
3. - me remito a lo dicho en 1. -
4. - si se vende el piso no solo no cambian sus condiciones como inquilino sino qu etien ederecho de adquisición preferente.
5. - teniendo en cuanta lo anterior puede exigir lo que mas convenga a sus intereses.
6. - Nada.
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1.Puede que le embarguen el piso al propietario en ese caso¿a quien le pago el alquiler?¿tendria que irme?
¿el contrato cambiaria?¿el numero de cuenta al que ingreso cambiaria?es decir que perderia la ayuda del piso.
El adquiriente te notificaría fehacientemente el nuevo número de cuenta. No tienes porqué perder la ayuda... Yo he cambiado de banco y mi inquilina no tuvo problemas con su RBE. Tampoco estaría de mal que comunicaras al juzgado tu condición de arrendatario de esa vivienda que crees que pueden embargar.
2.la segunda opcion es que se lo venda a un nuevo dueño que no viva en el piso y mi pregunta es si al cambiar elcontrato podria cambiar las condiciones(5 años)
El nuevo dueño deberá respetar TODAS las condiciones, al menos hasta que tu arriendo cumple 5 años.
3.Si lo vende a un nuevo inquilino y yo acepto a irme ¿me tendria que indemnizar, con cuanto?cuanto tiempo deberia dejarme para que me fuera.
Si aceptas irte, tú tendrías que fijar la indemnización por la que aceptarías irte, y el plazo mínimo para buscarte otra cosa... A modo de orientación, no debería ser menos que: un mes de renta por cada año que falte para cumplir los 5 a los que tienes derecho, un mes de fianza, un mes de la agencia que te busque otro piso, y el pago de la mudanza.
Saludos - Papeleos Alquiler.