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Quién tiene que cambiar el contrato de luz a mi nombre?
Pues obviamente tendrás que hacerlo tú, que vas a ser la titular, con una copia de una factura. Otra cosa es que conlleve gastos, en cuyo caso la cosa será hablarla. Otra posibilidad que tenéis es cambiar únicamente el número de cuenta bancario y así seguro que no hay gastos.