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Buenas, voy a comunicar la no renovación del Art.9.1 de la LAU de un contrato de arrendamiento mediante burofax. Es necesario solicitar la certificación de texto en el momento de envío o se podría solicitar en los 6 meses posteriores al envío si tuviera problemas? Sería necesario el acuse de recibo o también se puede solicitar con posterioridad?
Muchas gracias.
En Correos me han comunicado que solo era necesario el acuse de recibo porque la certificación de texto se puede solicitar con la misma validez jurídica dentro de los 6 meses posteriores al envío del burofax. Por lo tanto, discrepo con su respuesta salvo que haya algún motivo que se me escape.
De todas formas muchas gracias por su respuesta.
Hola alquilerone:
tanto el acuse de recibo como la certificación de texto deben ser contratados antes del envío del burofax.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.