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Mi mujer y yo firmamos un contrato de alquiler, con cumplimiento obligado de un año. Por razones personales, cambiamos de plan y decidimos quedarnos donde estamos. Desde la firma hasta el momento en que informamos a la dueña han pasado apenas dos semanas y no hemos llegado a ocupar el piso. Entiendo que no podemos reclamar la fianza, ni es nuestra intención. Yo pensaba que la fianza era garantía para la dueña en el caso de que, como ha sucedido, no cumpliéramos el año de contrato. Sin embargo, ahora descubro que podrían demandarnos y exigir el importe de los diez meses restantes. ¿Cómo puede llevarse eso a cabo? ¿Acaso nos convendría más no entregar las llaves, no firmar resolución del contrato y, simplemente, dejar de pagar?
Muchas gracias por las respuestas.
La dueña parece en principio reacia a interponer una demanda. Es una persona razonable y se da cuenta de que no hemos querido perjudicar a nadie, y hemos intentado minimizar al máximo estos perjuicios. Sin embargo, nos da miedo que en la inmobiliaria intenten azuzarla contra nosotros.
Hemos entregado las llaves en la inmobiliaria y mañana vamos a firmar la resolución del contrato.
Para poder responder acertadamente a su pregunta habría que ver toda la documentación de la que habla y las notificaciones efectuadas.
Evidentemente lo que menos te conviene es dejar de pagar.
has firmado un contrato y estas obligado a cumplirlo.
negocia con la propiedad y llegad a un acuerdo; sino os acabareis haciendo daño en un juicio.
si te demanda, ademas de los meses que dicte el juez, te tocará pagar las costas del juicio; pues lo tienes perdido de antemano.
espero que hayais enviado algun tipo de burofax o tengais algun documento firmado conforme os vais.
es asi?
pablo.