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Os cuento, en julio se estropeó el calentador de agua (de3ºmano), y a pesar de comunicárselo 20 veces, he estado hasta final de septiembre cuando decidí comprarlo yo, duchándome con agua fría oxidada. El mes de septiembre acordé la renta por el precio del calentador que yo pagué, y quería negociar el mes de octubre por los perjuicios que he sufrido. Me llamó amenazandome con echarme y no quiso recibir la mensualidad, he ido a pagarle lo que ya son 3 meses incluyendo el actual diciembre y se excusa en que no tiene los recibos, no me fío ni un pelo ¿qué puedo hacer, además de buscar piso que no es tan fácil?
Deberá consignar judicialmente las rentas, comunicándoselo fehacientemente al arrendador, para evitar una probable demanda de desahucio.
Deberá consignar las rentas completas, sin descontar ningún importe, ya que de lo contrario, la demanda continuaría adelante y podría ser desahuciado.
El importe de la reparación deberá reclamárselo al propietario fehacientemente, y en caso de no obtener respuesta, demandárselo ante el juzgado, pero nunca descontarlo del importe de la renta, a no ser que obre en su poder un acuerdo por escrito firmado por el propietario.
Si el arrendatario lleva atrasado un mes por falta de pago puede el arrendador demandarle judicialmente y solicitar el pago pudiendo el arrendatario efectuar el depósito de las rentas e impagos en el juzgado la primera vez no aceptando dicho depósito una segunda vez.
Si arrendador se niega al cobro ( art. 17 l. A. U. ): deberá enviar giro al domicilio que se conozca, o por notario. Y lo más seguro:
La arrendataria deberá instar ante los juzgados un " expediente de consignación de rentas", a través del cual será el juez el que requerirá al propietario para que se cobre la renta.
Saludos,