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Todo comienza porque el casero se niega hacer las reparaciones.
Vivienda de alquiler que está en muy malas condiciones, pido visita del técnico del que ayuntamiento hace la inspección y hace un informe.
Aparte del mal estado (que sería muy largo de enumerar)
Dice:
La vivienda, que tiene más de ochenta años, al no haber sido rehabilitada, reformada o ampliada, ni se ha ejecutado otro tipo de obras en la misma.
(No se ha aportado en el expediente que existan licencias concedidas para alguna obra), no se ha adaptado las condiciones de habitabilidad exigidas actualmente para una vivienda…etc.
Pero la verdad es que el dueño, si había hecho todo tipo de obras incluyendo ampliación.
Consulto con un abogado porque hay daños en muebles y enseres personales, y quiero saber que podemos hacer.
La respuesta de mi abogado:
Podemos optar por suspender el contrato, y buscar vivienda alternativa o obligarle a realizar las obras disminuyendo el alquiler.
Valoraríamos el tema indemnizatorio.
Mi pregunta, ¿es correcto lo que me dice el abogado?
¿Algún profesional me puede responder?
¡Gracias!
Hola,
efectivamente, ha de enviar un burofax explicando os daños que tiene la vivienda y solicitando su reparación alegando que de lo contrario se verá obligado a tomar las medidas judiciales oportunas.
Sino lo reparan tiene varias opciones:
a) sino les importa irse del piso:
1. Irse del piso . esperar al cumpleaños del contrato (anual) y notificar que se va con un mes de antelación.
2. Si queda mucho para que cumpla el año, interponer demanda para la rescisión del contrato y poder irse sin tener que pagar indemnización por marcharse antes de tiempo.
b)Si les gusta mucho el piso y no se quieren ir, tienen dos opciones:
1. Arreglarlo Uds. y luego reclamárselo con las correspondientes facturas y siempre enviando un burofax antes comunicando que van a proceder a repararlo Uds. pues la vivienda en esas condiciones no es habitable y no pueden esperar más.
2. Reclamar por la vía judicial (juicio declarativo) para que el juez dicte sentencia requiriéndoles para que procedan a arrreglarlo.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
Ningún profesional del derecho contradecirá jamás a un compañero. En principio, si él conoce el tema y ha visto la documentación es la persona más facultada para emitir una opinión y por tanto habría que darle el beneficio de la duda. La situación es compleja porque supone muchos problemas en uno sólo, estado de la vivienda, indemnizaciones posible rescisión o reparació + indemnización. Por el momento, si ha elegido al abogado, déjese aconsejar por el profesional.
Saludos
Jaime Feiner
j.feiner,catocc@gmail.com