Gabriel, un contrato de arrendamiento es válido incluso pactado verbalmente, si el inquilino acredita que está pagando alquileres.
Sin embargo lo que no es recomendable es dejar de pagar el alquiler como represalia por no arreglara averías, se expone a un desahucio en el que no podrá invocar esas averías.
En ese tema de las averías debe recordar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
Su casero debe tener claras dos cosas, no declarar ese alquiler es una temeridad, la agencia lo puede detectar en cuanto vd declare o consigne en alguna comunicación fiscal esa dirección como su domicilio, debería leer esto:
¡ LA AGENCIA TRIBUTARIA AVISA ! por otra parte entrar en su vivienda puede ser delito de allanamiento de morada.
Pedro Hernández Olmo, abogado